Fecha de publicación: 2024-09-26 08:38:32
La sentencia que limitó la actividad turística en la microcuenca de las quebradas que abastecen las aguas medicinales de Las Termales de Rivera, Huila, es revolucionaria y seguramente, tendrá repercusiones en todo el país.
2024-09-26 08:38:32
Creo que hará jurisprudencia y se citará para recuperar las orillas y las grandes cuencas de los ríos como el Magdalena y el Cauca, entre otros, y casi todos los municipios.
De manera particular, El Malecón, de Neiva, ciudad en donde se origina esta columna.
Potencialmente, los espacios públicos de similar uso, como el de Santa Rosa de Cabal, en Risaralda, y Paipa, en Boyacá, serán intervenidos.
Además de los vertimientos y quebradas invadidas y contaminadas por negocios y explotaciones ilegales, bajo el manto del turismo medicinal.
Esta decisión, ha generado polémica y protestas, pero reconoce los intereses jurídicos y sociales enfrentados, aunque condiciona el funcionamiento de los negocios públicos y privados a cumplir las normas ambientales violadas sin clemencia, por acción y omisión de la politiquería que históricamente ha impedido la aplicación de la ley, en todos los gobiernos.
Sobre todo, para evitar desastres naturales como inundaciones y avalanchas que en no pocos casos ocasiona la muerte de personas.
La sentencia a una acción popular interpuesta en el año 2011 por la Procuraduría 11 Judicial, Ambiental y Agraria contra el Municipio de Rivera, con Radicado 2011-00168-00, sala compuesta por los magistrados Enrique Dussán JORGE ALIRIO CORTÉS, desde ya se pronostica como pieza fundamental de la jurisprudencia colombiana. y el Código Nacional de Recursos Naturales, Renovables y la Protección del Medio Ambiente.
“Ampara el derecho colectivo al goce de un ambiente sano, el equilibrio ecológico y el aprovechamiento racional de los recursos naturales, la defensa del patrimonio público, la seguridad y salubridad pública, respetando las disposiciones jurídicas de manera ordenada, dando prevalencia a la seguridad y prevención de desastres, el goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público vulnerados”.
Le ordena en la parte motiva, al alcalde de Rivera, Huila, ejercer autoridad, sobre Termales Los ángeles, Hernando Lombana Motta (balneario los Guáimaros), Comfamiliar e Inturhuila, y la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM, y a todos los propietarios de los negocios funcionar únicamente cuando cumplan con los requisitos legales y ambientales.
Comprensible que haya movimientos de alerta y protestas, debido a que las Termales de Rivera, mueven significativo porcentaje de la economía en esa población distante de Neiva unos 20 kilómetros.
Sin embargo, en lugar de realizar paros y protestas, el gobernador del Huila Rodrigo Villalba Mosquera, como hijo de ese municipio, debe liderar y convocar a las entidades determinadas en la decisión judicial para establecer las acciones que permitan conjurar la delicada situación que prácticamente paraliza la economía de la localidad.
Pertinente destacar que durante su vida pública Villalba Mosquera ha sido el defensor del turismo y se recuerda el anillo vial turístico que le dio vida al municipio construido en su primer mandato como gobernador del Huila.
Es una microcuenca de unas 350 hectáreas, comprendidas sobre la ronda de protección, cauces y zona de inundación de las quebradas Aguas Calientes, El Piñal, El Salado y La Manga del municipio de Rivera, en donde de manera inmediata deben abstenerse de hacer aprovechamiento o uso de las aguas y caudales de las mencionadas quebradas sin las respectivas licencias y permisos, las cuales deben tramitarse dentro de los seis meses siguientes a la ejecutoria de esta decisión. Manos a la obra amigos de Rivera, Huila.