Jugadita de senador Macías será investigada por Comisión de Ática del Senado

Fecha de publicación: 2024-03-18 10:57:20

Jugadita de senador Macías será investigada por Comisión de Ática del Senado

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2024-03-18 10:57:20

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado determinó que es la Comisión de É,tica del Senado de la República la competente para investigar constituye o no falta disciplinaria del expresidente del Senado, Ernesto Macías Tovar, cuando saboteó y obstaculizó el derecho a réplica de la oposición, durante la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso el 20 de julio de 2019, en lo que el propio expresidente del Congreso llamó su última jugadita ,.



Es que nos toca por obligación que ellos hablen después del Presidente, y entonces tan pronto termine él yo digo se decreta un receso , y le pido a la Comisión que acompañe al presidente y lo saco de aquí, eso no lo saben. Esa es mi última jugadita de presidente ,, dijo aquél día el senador Macías en sus últimas horas como presidente del Senado, explicando a alguien por qué había modificado el orden del día sin percatarse que el micrófono estaba abierto.



Al resolver el conflicto de competencias que se había planteado entre la Comisión y la Procuraduría, el Consejo de Estado señaló que esta conducta presuntamente atentaría contra la función congresional, por lo que la Comisión de É,tica y Estatuto del Congresista es, en principio, la autoridad llamada a investigar y sancionar disciplinariamente a un senador o representante en estos eventos. Por lo anterior, la investigación que adelantaba el Ministerio Público quedó suspendida.



Agregó que la Constitución Política consagra la inviolabilidad del voto y opinión de los Congresistas en ejercicio de sus funciones (artículo 185 C.P.) y permite la posibilidad de que exista un régimen ético con el fin de sancionar las conductas que en este ámbito afecten la función congresional.



El alto tribunal indicó en la sentencia que dejar en manos de la Procuraduría el caso podría presentar imperfecciones en un sistema ideal de pesos y contrapesos , tal cual como lo dice una sentencia de la Corte Constitucional.



Por otra parte, aclaró que cuando se trata de una conducta del congresista que no atenta contra la función congresional, pero transgrede el régimen disciplinario de los servidores públicos, la autoridad competente para su investigación y sanción es el Procurador General de la Nación.



Asimismo, la Sala determinó que en aquellos casos en que la conducta implique una infracción al régimen penal (por ejemplo, un acto de corrupción), también es el Procurador General de la Nación el competente, en el ámbito disciplinario, para investigarla y sancionarla con fundamento en las normas del Código Disciplinario Ú,nico.



La Comisión determinará la gravedad de las conductas del senador del Centro Democrático.


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