Por: Gustavo Puentes - Fecha de publicación: 2025-04-24 16:17:38
El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá ordenó recopilar pruebas para evaluar si Daneidy Barrera, “Epa Colombia”, puede acceder a prisión domiciliaria y trabajo comunitario como sustituto de su condena.
2025-04-24 16:17:38
Bogotá, 24 de abril de 2025 — El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá ha iniciado la recolección de pruebas para determinar si Daneidy Barrera Rojas, conocida como “Epa Colombia”, podría recibir el beneficio de detención domiciliaria y conmutar parte de su condena con trabajo comunitario.
La decisión, tomada por la jueza Ginna Coral Alvarado el pasado 14 de abril y revelada esta semana, responde a una solicitud presentada por la defensa de Barrera, encabezada por el abogado Francisco Bernate. La solicitud se sustenta en que la influenciadora no tiene antecedentes penales, es madre cabeza de familia y manifiesta disposición para cumplir con una pena sustitutiva.
Dentro de las medidas ordenadas por el juzgado se incluye una visita sociofamiliar al domicilio de la condenada y una solicitud al Ministerio de Justicia para verificar la disponibilidad de plazas de trabajo comunitario en Bogotá. Estas acciones permitirán establecer si las condiciones personales y del entorno de Barrera son aptas para acceder a este beneficio legal.
Actualmente, “Epa Colombia” cumple una condena de cinco años en la cárcel El Buen Pastor por delitos de instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y perturbación del servicio público de transporte, luego de los actos vandálicos cometidos durante las protestas sociales de 2019.
El abogado Bernate aseguró que la decisión sobre la solicitud podría conocerse “en un par de semanas”, una vez culminada la etapa de verificación de pruebas.
Cabe recordar que en febrero de este año, el presidente Gustavo Petro solicitó públicamente a la ministra de Justicia, Ángela Buitrago, que intercediera para otorgar beneficios a Barrera en calidad de mujer cabeza de familia. Sin embargo, la ministra aclaró que tales decisiones solo pueden ser tomadas por jueces de ejecución de penas y no por solicitud de terceros.
Este caso ha reavivado el debate sobre el sistema penitenciario y la equidad en el tratamiento judicial de figuras públicas frente a otros ciudadanos que enfrentan procesos similares.