Prohibición de Plásticos de un Solo Uso Entrará en Vigor el 7 de Julio de 2024

Fecha de publicación: 2024-07-04 16:52:34

Prohibición de Plásticos de un Solo Uso Entrará en Vigor el 7 de Julio de 2024

Apartir del 7de julio del presente año, Colombia dará un paso significativo en la gestión ambiental con la implementación de la Ley 2232 de 2022, que busca eliminar ocho productos plásticos de un solo uso, además de que el establecimiento que produzca o comercialice algún tipo de estos plásticos recibirá una multa correspondiente.

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2024-07-04 16:52:34

El gobierno de Colombia estableció medidas orientadas a la reducción de la producción y el consumo de productos plásticos de un solo uso, de acuerdo con la Ley 2232 de 2022. De esta manera, a partir del próximo 7 de julio, iniciará la prohibición de 8 plásticos en el país.

A partir del domingo, los siguientes productos plásticos de un solo uso estarán prohibidos:


  • Bolsas de punto de pago utilizadas para empacar y transportar paquetes, excepto las reutilizables, que seguirán siendo admitidas y serán la mejor alternativa para reemplazar las bolsas plásticas comunes.

  • Bolsas para empacar periódicos, facturas, revistas y/o publicidad.

  • Bolsas utilizadas en lavanderías para entregar las prendas tratadas.

  • Pitillos o popotes.

  • Mezcladores de plástico.

  • Soportes plásticos de copos de algodón o hisopos.

  • Soportes plásticos para inflar bombas.


Plásticos que seguirán circulando después del 7 de julio:



  • Los plásticos con propósitos médicos por razones de asepsia e higiene, y para la conservación y protección de productos médicos, farmacéuticos y de nutrición clínica que no tengan materiales alternativos.

  • Los que contengan productos químicos que presentan riesgo a la salud humana o al medio ambiente en su manipulación.

  • Los destinados a contener y conservar alimentos, líquidos y bebidas de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados que, por razones de asepsia o inocuidad, requieren de bolsa o recipiente de plástico de un solo uso.

  • Plásticos necesarios por razones de higiene o salud, conforme a las normas sanitarias.

  • Plásticos utilizados en establecimientos que brindan asistencia médica y por personas con discapacidad.

  • Empaques o envases de productos considerados por el DANE para la determinación del IPC o Canasta Familiar, excepto aquellos para empacar frutas, verduras, tubérculos frescos con cáscaras, hierbas aromáticas frescas, hortalizas frescas, hongos frescos, ropa de lavandería, diarios, periódicos, y empaques para líquidos y comidas no preenvasados para consumo inmediato o entrega a domicilio.

  • Plásticos para empacar o envasar residuos peligrosos, según la normativa vigente.

  • Productos fabricados con 100% de materia prima plástica reciclada proveniente de material posconsumo nacional, certificada por organismos acreditados por el Gobierno Nacional. El Gobierno Nacional tiene seis meses desde la entrada en vigencia de la ley para determinar estas entidades.

  • Pitillos adheridos a envases de hasta 300 ml con un sistema de retención que garantice su recolección y reciclaje junto con los envases, siempre que contengan productos incluidos en la canasta familiar, programas de alimentación escolar o productos que garanticen la seguridad alimentaria.


Multas y sanciones:



  • Multas de cien (100) hasta cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

  • Decomiso de los elementos plásticos prohibidos.

  • Clausura temporal del establecimiento, no superior a un (1) mes.

  • Clausura definitiva del establecimiento.


Daniel Mitchell presidente ejecutivo de Acoplásticos, asegura que "una bolsa plástica, la común y corriente, la que llamamos la bolsa camiseta, efectivamente no se puede usar. Pero una bolsa reutilizable como una talega, que la mayoría son fabricadas con plásticos también se puede seguir comercializando". Así mismo, Mitchell aclaró que "el 7 de julio no se prohíben los desechables, no se prohíbe ningún tipo de empaque, ningún tipo de envase, ningún tipo de embalaje".

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